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Articulo UCB

Te recordamos tus Derechos y Obligaciones como estudiante de la UCB

Dando inicio al Semestre 1-2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento de Régimen Estudiantil de Pregrado, aprobado por la Junta Directiva de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo”, el 1 de abril de 2016 mediante Res. 26/16. Modificado el 10 de noviembre de 2017 mediante Res. 123/17: Todos los estudiantes de la U.C.B. son reconocidos en su personalidad y capacidad jurídica propias, sin distinción de naturaleza alguna, y gozan de los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado Plurinacional, las leyes aplicables, Estatuto y reglamentos de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo”.

Derechos

  1. Inscribirse en las carreras y asignaturas ofrecidas por la U.C.B. conforme a los planes de estudio y condiciones establecidas.
  2. Recibir un trato respetuoso, libre de coerción, intimidación o acoso, respetando su condición de ser humano según los principios del humanismo cristiano.
  3. Recibir los servicios de formación académica previstos en las respectivas carreras.
  4. Participar en eventos y actividades académicas inherentes a su formación.
  5. Solicitar la modalidad de examen de suficiencia como forma de evaluación de aprendizaje, de acuerdo a lo establecido en el reglamento específico.
  6. Conocer su evaluación académica en cada asignatura conforme a las modalidades y la oportunidad prevista en cada caso.
  7. Obtener los correspondientes títulos académicos y profesionales, una vez que se cumplan los requisitos para el efecto.
  8. Obtener certificados que acrediten la condición de estudiante, calificaciones u otras inherentes a su desempeño académico.
  9. A que las situaciones académicas y disciplinarias en las que se encuentre involucrado sean atendidas de manera clara, imparcial y objetiva.
  10. Conformar Sociedades Científicas Estudiantiles, orientadas a la investigación y al conocimiento de la naturaleza, sociedad y del pensamiento, sujetas a reglamento específico.
  11. Expresar y sostener libremente sus criterios, puntos de vista y fuentes de argumentación teórica, guardando el respeto por la pluralidad y libertad de pensamiento que rige en la U.C.B.
  12. Recibir el asesoramiento o tutoría de profesores-guía para la realización de trabajos de graduación, memorias, pasantías u otros, conforme a lo previsto en cada Carrera.
  13. Postular y acceder al programa de becas ofrecido por la U.C.B., conforme a criterios de elegibilidad basados en su situación económica, rendimiento académico u otra circunstancia tipificada por reglamentación especial.
  14. A la libertad de asociación y a participar en la vida universitaria conforme a las normas establecidas.
  15. Usar las instalaciones, todos los servicios y facilidades, puestas a su disposición por la Universidad, en forma adecuada, de acuerdo a las condiciones previstas en los reglamentos específicos.
  16. A la confidencialidad de los datos personales que la Universidad administre, respecto a su conducta, a sus registros académicos, a su salud y otros establecidos conforme a Ley. Esta restricción se levanta con la autorización del propio estudiante, a requerimiento fiscal u orden judicial.
  17. Inscribirse en las carreras y asignaturas ofrecidas por la U.C.B. conforme a los planes de estudio y condiciones establecidas.
  18. Recibir un trato respetuoso, libre de coerción, intimidación o acoso, respetando su condición de ser humano según los principios del humanismo cristiano.
  19. Recibir los servicios de formación académica previstos en las respectivas carreras.
  20. Participar en eventos y actividades académicas inherentes a su formación.
  21. Solicitar la modalidad de examen de suficiencia como forma de evaluación de aprendizaje, de acuerdo a lo establecido en el reglamento específico.
  22. Conocer su evaluación académica en cada asignatura conforme a las modalidades y la oportunidad prevista en cada caso.
  23. Obtener los correspondientes títulos académicos y profesionales, una vez que se cumplan los requisitos para el efecto.
  24. Obtener certificados que acrediten la condición de estudiante, calificaciones u otras inherentes a su desempeño académico.
  25. A que las situaciones académicas y disciplinarias en las que se encuentre involucrado sean atendidas de manera clara, imparcial y objetiva.
  26. Conformar Sociedades Científicas Estudiantiles, orientadas a la investigación y al conocimiento de la naturaleza, sociedad y del pensamiento, sujetas a reglamento específico.
  27. Expresar y sostener libremente sus criterios, puntos de vista y fuentes de argumentación teórica, guardando el respeto por la pluralidad y libertad de pensamiento que rige en la U.C.B.
  28. Recibir el asesoramiento o tutoría de profesores-guía para la realización de trabajos de graduación, memorias, pasantías u otros, conforme a lo previsto en cada Carrera.
  29. Postular y acceder al programa de becas ofrecido por la U.C.B., conforme a criterios de elegibilidad basados en su situación económica, rendimiento académico u otra circunstancia tipificada por reglamentación especial.
  30. A la libertad de asociación y a participar en la vida universitaria conforme a las normas establecidas.
  31. Usar las instalaciones, todos los servicios y facilidades, puestas a su disposición por la Universidad, en forma adecuada, de acuerdo a las condiciones previstas en los reglamentos específicos.
  32. A la confidencialidad de los datos personales que la Universidad administre, respecto a su conducta, a sus registros académicos, a su salud y otros establecidos conforme a Ley. Esta restricción se levanta con la autorización del propio estudiante, a requerimiento fiscal u orden judicial.

Obligaciones

  1. Presentar la documentación requerida en cada carrera, para ser admitido en la misma.
  2. Mantener actualizados sus datos personales en los registros de la Institución.
  3. Conocer y cumplir con el calendario académico de la Universidad.
  4. Desarrollar su trabajo académico con honestidad y responsabilidad, y actuar con la dedicación, diligencia y compromiso propios de su condición de estudiante de la Universidad.
  5. Demostrar el debido decoro, el respeto a los miembros de la comunidad universitaria y los valores éticos y morales que caracterizan los principios, la visión y misión de la Universidad.
  6. Tomar conocimiento y acatar los diferentes requisitos, reglamentos, políticas, procedimientos, programas de los cursos y demás información institucional, difundida a través de boletines, avisos, mensajes enviados electrónicamente o por cualquier otro medio. El desconocimiento de esta información no exime al estudiante de su cumplimiento.
  7. Cumplir con todas las modalidades de evaluación previstas en cada asignatura, en la forma, fecha y lugar programado.
  8. Participar de las actividades y eventos académicos que correspondan a su carrera y asignatura.
  9. Respetar la confidencialidad y privacidad de los demás miembros de la comunidad universitaria, especialmente en lo referente a datos personales, comportamiento, registros académicos, salud mental y física y otros que hacen a la dignidad e intimidad de cada ser humano.
  10. Brindar un comportamiento respetuoso y adecuado hacia todos los miembros de la comunidad universitaria.
  11. Cumplir con las disposiciones reglamentarias referidas a la solicitud de licencias, evaluaciones y otras.
  12. Observar las disposiciones reglamentarias que rigen su relación administrativa con la U.C.B.
  13. Respetar el normal desenvolvimiento de clases y otras actividades académicas.
  14. Cumplir con las obligaciones económicas previstas en los respectivos contratos de prestación de servicios educativos.
  15. Preservar las instalaciones, ambientes, bienes y equipos de la Universidad a los que se tuviese acceso.
  16. Respetar las prohibiciones establecidas respecto al uso de teléfonos celulares, consumo de alimentos, bebidas alcohólicas, sustancias controladas o tabaco.
  17. Evitar el mal uso de redes o servicios informáticos.
  18. Respetar la imagen y el buen nombre de la U.C.B., respondiendo por los daños causados.
  19. Actuar de acuerdo a los principios morales, evitando actos violentos u otras conductas que alteren la vida de la comunidad universitaria.
  20. Observar las disposiciones reglamentarias que aseguran el rigor del trabajo académico en todos las carreras y/o asignaturas.
  21. Someterse a procesos disciplinarios internos.
  22. Ser parte del Tribunal Disciplinario cuando sea convocado.
  23. Colaborar con la autoridad competente en la investigación y aclaración de cualquier tipo de comportamiento que atente contra la integridad de los miembros de la Comunidad U.C.B., la convivencia entre ellos, el buen nombre de la Universidad o contra sus bienes.
  24. Evaluar los servicios académicos, en especial a los profesores y su actividad académica, de manera honesta, responsable, respetuosa, imparcial, oportuna y a través de los mecanismos que defina la Universidad.
  25. Responder personal y solidariamente por los actos de acción u omisión del hecho que tenga como resultado cualquier daño al personal y patrimonio de la Universidad. El resarcimiento se hará conforme a ley y en forma inmediata al requerimiento de la Universidad, según evaluación del daño.