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Articulo UCB

Convocatoria para elecciones de las Organizaciones Estudiantiles (Centros de Estudiantes) de la UCB Tarija Gestión 2024-2025

1. Marco de Referencia

De conformidad al REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA aprobado por la Junta Directiva mediante resolución N°25/00 de fecha 16 de junio de 2000, que en su artículo Primero establece el reconocimiento de la Universidad Católica Boliviana a estas, como asociaciones de alumnos inscritos con estructura orgánica que tienen fines y objetivos específicos, representando al estudiantado en forma interna y externa, y son el nexo de relacionamiento con los estamentos académico y administrativo de la Universidad.

En el artículo segundo el reglamento menciona: Los representantes de las organizaciones estudiantiles serán elegidos de forma democrática mediante voto de los estudiantes de acuerdo con las normas internas aprobadas de dichas organizaciones.

  • Departamento de Ciencias Básicas e Infraestructura

Ingeniería Civil

  • Departamento de Ciencias Industriales, Medio Ambiente y Energía

Ingeniería Industrial

Ingeniería en Energía

  • Departamento de Ciencias de la Tecnología e Innovación

Ingeniería de Sistemas

Ingeniería Biomédica

Ingeniería Mecatrónica

  • Departamento de Ciencias Empresariales

Administración de Empresas

Ingeniería Comercial

Ingeniera Financiera

Marketing y medios digitales

  • Departamento de Arquitectura y Diseño

Arquitectura

Diseño Grafico

  • Departamento de Ciencias Jurídicas y Sociales

Derecho

Comunicación Social

  • Departamento de Ciencias de la Salud

Medicina

Las funciones generales que cumplirá la Organización de Estudiantes de cada Carrera serán:

  • Velar por el cumplimiento de los reglamentos del estamento estudiantil.
  • Participar en los Consejos de Carrera con derecho a voz, haciendo conocer las inquietudes e iniciativas de los estudiantes.
  • Presentar a la comisión de casos especiales, situaciones a ser atendidos para mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Apoya a la Dirección de carrera en la planificación de actividades académicas, de extensión y de investigación.
  • Participar en la planificación y organización de seminarios, congresos, talleres, foros y exposiciones orientadas a temas de interés para los estudiantes de cada carrera.
  • Colaborar con el trabajo de campo de la evaluación de los docentes con el objetivo de mantener y/o mejorar el nivel académico percibido de nuestra universidad.
  • Manejar un sistema de sugerencias por parte de los estudiantes hacia alguna insatisfacción que sientan de índole académica, administrativa u otra, guardando el anonimato, ante las Oficinas de Marketing.

2. Requisitos y presentación de nóminas

Los requisitos que deberán cumplir los frentes son los siguientes:

  1. Contar con un mínimo de 3 (tres) y un máximo de 5 (cinco) estudiantes, elegidos preferentemente bajo criterios de alternancia de género y representación de los distintos semestres. Debiendo tener al menos las siguientes carteras:
  2. Presidente
  3. Vicepresidente
  4. Secretario General
  5. Otras carteras propuestas por la asamblea
  6. Para postular a la cartera de presidente deberá estar inscrito mínimamente en el tercer semestre y máximo en el séptimo semestre de la carrera respectiva. Exceptuando las carreras de reciente creación.
  7. Las demás carteras podrán ser integrados por estudiantes de cualquier semestre, siendo indispensable, en todos los casos, ser estudiante regular de alguna carrera respectiva de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo” Sede Tarija.
  8. La nominación será directa y la elección por simple mayoría o por aclamación
  9. La Dirección de Carrera será la responsable de verificar que los representantes elegidos cumplan con todos los requisitos indispensables.

3. Plazo para las elecciones

Hasta el 11 de noviembre de 2024 cada Dirección de Carrera deberá organizar la asamblea indicada e informar a la Dirección Académica.

4. Posesión

En caso de confirmarse el cumplimiento de los requisitos de los representantes elegidos, la posesión será realizada por la Directora Académico el 15 de noviembre a horas 11:00 a.m.

5. Normativa interna y periodo de gestión

  1. En el plazo de 60 días calendario luego de la posesión, la organización estudiantil deberá presentar su conformidad con la normativa interna de los nuevos integrantes de funcionamiento para que sea aprobada por la Dirección Académica. En caso de no hacerlo cesará automáticamente en sus funciones, debiendo convocarse a una nueva elección.
  2. La duración en sus funciones de la organización estudiantil será de un año calendario, es decir desde el 15 de noviembre de 2024 al 14 de noviembre de 2025. El (la) estudiante podrá ser elegido (a) como representante estudiantil hasta un máximo de DOS oportunidades sean estas continuas o discontinuas.

6. Comité electoral

El comité electoral para cada carrera lo conformará el Director de Carrera y un docente tiempo completo o el asistente de Departamento, el mismo que será encargado de administrar las elecciones de la carrera respectiva.

Tarija, 21 de octubre de 2024