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Articulo UCB

Convocatoria para elecciones de las Organizaciones Estudiantiles (Centros de Estudiantes) de la UCB Tarija Gestión 2023-2024

MARCO DE REFERENCIA

De conformidad al REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA aprobado por la Junta Directiva mediante resolución N°25/00 de fecha 16 de junio de 2000, que en su artículo Primero establece el reconocimiento de la Universidad Católica Boliviana a estas, como asociaciones de estudiantes inscritos con estructura orgánica que tienen fines y objetivos específicos, representando al estudiantado en forma interna y externa, y son el nexo de relacionamiento con los estamentos académico y administrativo de la Universidad.

En el artículo segundo el reglamento menciona: Los representantes de las organizaciones estudiantiles serán elegidos de forma democrática mediante voto de los estudiantes de acuerdo con las normas internas aprobadas de dichas organizaciones.

Considerando que es de interés de la Universidad realizar los mayores esfuerzos para que las organizaciones estudiantiles continúen desarrollando sus actividades a favor de la comunidad universitaria, se acordó en Consejo Académico de Sede de fecha 24/02/2021 elegir a los representantes de los “Centro de Estudiantes de las carreras de la UCB San Pablo Sede Tarija” en asamblea general de forma democrática y por voto directo, dicha asamblea será convocada por cada Director(a).

Departamento de Ciencias Empresariales

  • Administración de Empresas
  • Ingeniería Comercial
  • Ingeniera Financiera
  • Marketing y Medios Digitales

Departamento de Arquitectura y Diseño

  • Arquitectura
  • Diseño Grafico y Comunicación Visual

Departamento de Ciencias Jurídicas y Sociales

  • Comunicación Social
  • Derecho

Departamento de Ciencias de la Tecnología e Innovación

  • Ingeniería Mecatrónica
  • Ingeniería de Sistemas
  • Ingeniería Biomédica

Departamento de Ciencias Industriales, Medio Ambiente y Energía

  • Ingeniería Ambiental
  • Ingeniería Industrial
  • Ingeniería en Energía

Departamento de Ciencias Básicas e Infraestructura

  • Ingeniería Civil

Departamento de Ciencias de la Salud

  • Medicina

Las funciones generales que cumplirá la Organización de Estudiantes de cada Carrera serán:

  • Velar por el cumplimiento de los reglamentos del estamento estudiantil.
  • Participar en los Consejos de Carrera con derecho a voz, haciendo conocer las inquietudes e iniciativas de los estudiantes.
  • Presentar a la comisión de casos especiales, situaciones a ser atendidos para mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Apoya a la Dirección de carrera en la planificación de actividades académicas, de extensión y de investigación.
  • Participar en la planificación y organización de seminarios, congresos, talleres, foros y exposiciones orientadas a temas de interés para los estudiantes de cada carrera.
  • Colaborar con el trabajo de campo de la evaluación de los docentes con el objetivo de mantener y/o mejorar el nivel académico percibido de nuestra universidad.
  • Manejar un sistema de sugerencias por parte de los estudiantes hacia alguna insatisfacción que sientan de índole académica, administrativa u otra, guardando el anonimato, ante las Oficinas de Marketing.

REQUISITOS Y PRESENTACIÓN DE NÓMINAS.

Los requisitos que deberán cumplir los frentes son los siguientes:

  1. Contar con un mínimo de 3 (tres) y un máximo de 5 (cinco) estudiantes, elegidos preferentemente bajo criterios de alternancia de género y representación de los distintos semestres. Debiendo tener al menos las siguientes carteras:
  2. Presidente
  3. Vicepresidente
  4. Secretario General
  5. Otras carteras propuestas por la asamblea
  6. Para postular a la cartera de presidente deberá estar inscrito mínimamente en el tercer semestre y máximo en el séptimo semestre de la Carrera respectiva. Exceptuando las carreras de reciente creación.
  7. Las demás carteras podrán ser integrados por estudiantes de cualquier semestre, siendo indispensable, en todos los casos, ser estudiante regular de alguna carrera respectiva de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo” Sede Tarija
  8. La nominación será directa y la elección por simple mayoría o por aclamación
  9. La Dirección de Carrera será la responsable de verificar que los representantes elegidos cumplan con todos los requisitos indispensables.

PLAZO PARA LAS ELECCIONES

Hasta el 20 de octubre de 2023 cada Dirección de Carrera deberá organizar la asamblea indicada e informar a la Dirección Académica.

POSESIÓN

En caso de confirmarse el cumplimiento de los requisitos de los representantes elegidos, la posesión será realizada por la Directora Académica de Sede el día viernes 27 de octubre horas 16:00 pm

NORMATIVA INTERNA Y PERIODO DE GESTIÓN

  • En el plazo de 60 días calendario luego de la posesión, la organización estudiantil deberá presentar su normativa interna de funcionamiento para que sea aprobada por la Dirección Académica de Sede. En caso de no hacerlo cesará automáticamente en sus funciones, debiendo convocarse a una nueva elección.
  • La duración en sus funciones de la organización estudiantil será de un año calendario, es decir desde el 13 de octubre de 2023 al 13 de octubre de 2024. El (la) alumno (a) podrá ser elegido (a) como representante estudiantil hasta un máximo de DOS oportunidades sean estas continuas o discontinuas.

COMITÉ ELECTORAL

El comité electoral para cada carrera lo conformará el Director de Carrera y el asistente de Departamento, el mismo que será encargado de administrar las elecciones de la carrera respectiva.